Sindicato Regional de Luz y Fuerza de la Patagonia

INFORME SOBRE NUEVO ESQUEMA DE TARIFAS DE ENERGÍA

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mapa

La Canasta Básica Energética (CBE) contempla las necesidades básicas de
consumo de electricidad y de gas de los hogares, para cada mes del año, según
su ubicación geográfica conforme al mapa de zonas bioambientales de la
República Argentina -establecido por la Norma IRAM 11603- y a la conformación
del hogar: de 1 a 2 personas, de 3 a 4 personas, o más de 5 personas.
La CBE calculará la cantidad de megavatios y de metros cúbicos de gas que
conforman un consumo básico, el cual varía según el mes del año, la zona
geográfica del país y la cantidad de convivientes en el hogar, a la vez que
contemplará si esa vivienda tiene acceso a ambos servicios o solo a uno. De
esta forma, el Estado otorgará subsidios en los casos en que el costo de la
canasta supere determinado porcentaje de los ingresos.
De acuerdo con el mapa referido, la provincia de Chubut, cuenta con tres zonas bioclimáticas.

En función de estas zonas bioclimáticas, se plantearán 3 cuadros tarifarios
diferentes para la energía y el gas. Este mapa impactara de manera diferente en
las diferentes distribuidoras interconectadas.

  • Zona VI Muy Frio: Cooperativa 16 de octubre y noroeste:
  • Zona V Frio: SCPL, COOPSAR
  • Zona IV Templado Frio: Servicoop, Trelew, Gaiman, Rawson.

A su vez esto distorsionará aún más el cuadro tarifario aplicado a las
cooperativas del sistema aislado y aquellas interconectadas no agentes como
Puerto Pirámides y El Maitén.
En el primer caso, debido a que las cooperativas que conformaran el promedio
utilizado para el cuadro tarifario de acuerdo con la Ley I-26 pertenecerán a
diferentes zonas conformaran el precio de cooperativas que utilizan esas tarifas
promediadas que a su vez pertenecen a distintas zonas bioclimáticas. Ej: Telsen
y Rio Mayo.
En el segundo caso, la cooperativa de Puerto Pirámide al ser usuario GUDI de
la cooperativa Servicoop, recibirá un precio de energía sin subsidios para
componer la tarifa de los hogares de Puerto Pirámides. Esto impactará en la
recaudación del Fondo de Compensación Tarifaria previsto en la Ley I-26 (ex
1098), debido a la retención que Servicoop realiza a tal efecto respecto de los
consumos de Puerto Pirámide.
La Secretaría de Energía fijará un porcentaje máximo que la CBE deberá
representar respecto del ingreso familiar. Superado ese umbral, se subsidiará al
hogar hasta llegar a su canasta básica, determinada por las variables antes
mencionadas.
De acuerdo con lo planteado por la Secretaría de Energía de la Nación, el
subsidio se aplicará cuando la factura exceda el 10% del ingreso del hogar y
sobre el monto excedente. Esto se realiza a partir de una estadística que dice
que en Argentina la energía en promedio implica el 3% del costo de los hogares
y que en el resto de América latina implica el 9,5%.

Análisis del impacto económico y financiero.

A grandes rasgos, la quita de subsidio implica un aumento directo en el
componente de energía de las distribuidoras, por lo que el porcentaje de quita
de subsidio se transferirá directo en la factura de CAMMESA a la distribuidora.
Ese costo, la distribuidora lo transfiere al usuario a través de la factura a modo
de tarifa de paso (pass Through).
De acuerdo con la Secretaría de Energía este modelo de Canasta de Energía
aplica a hogares y no a comercios e industrias. Por lo que el incremento en los
costos comerciales será clave en el componente inflacionario de cada localidad,
de acuerdo con cómo los locales comerciales transfieren a sus precios minoristas
los costos de energía, especialmente aquellos que utilizan capacidad de frio
como ser carnicerías, fiambrerías almacenes y mercados de barrio.
La inflación como fenómeno implica para quien la padece resignar gastos. En
este sentido el aumento de la morosidad y la incobrabilidad en las distribuidoras
será un factor para considerar en la sustentabilidad financiera que pondrá en
riesgo la sostenibilidad propia de la empresa cooperativa.

Es decir, aumento del costo mayorista de la energía y aumento de la morosidad
y la incobrabilidad por parte de las distribuidoras. Esto implicara un aumento de
la deuda superior al aumento del costo de CAMMESA.
Esto se conjugará con la actitud tomada por CAMMESA de embargar las cuentas
de las distribuidoras y suspender las transferencias a las transportistas troncales
y nacionales en alta tensión.

En definitiva, el nuevo esquema de Canasta Básica Energética está configurado
dentro del relato de “sinceramiento de tarifas” considerado desde una
perspectiva macro económica y con una desconsideración notoria respecto del
impacto sobre el universo de usuarios y los efectos sistémicos que involucran a
los distintos actores del esquema generación, transporte y distribución que
sufrirán las consecuencias de una probable y previsible ruptura de la cadena de
pagos, comenzando con la enorme cantidad de usuarios residenciales que no
podrán absorber el nuevo esquema tarifario en el marco del deterioro general de
la economía, incluyendo los ingresos de la población.
Puede preverse, además, que la quita de subsidios a usuarios comerciales e
industriales impactará severamente en el esquema productivo dentro del área de
cada distribuidora, ámbitos en los cuales diferentes cámaras empresariales y
comerciales están advirtiendo sobre un proceso masivo de cierre de
establecimientos producidos por la severa crisis recesiva por la que
atravesamos, en cuyo marco derivará la imposibilidad de absorber los costos
energéticos.
La disminución de la recaudación por baja de usuarios y el aumento exponencial
de la morosidad son dos consecuencias inevitables, en ese esquema, para las
distribuidoras de energía.

DE LOS CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

El nuevo esquema propuesto adoptará criterios de exclusión para aquellos
hogares que cuenten, entre sus integrantes, a titulares de medicina prepaga no
vinculada con el empleo que poseen en relación de dependencia. Tampoco
podrán acceder quienes hayan viajado al exterior a países no limítrofes más de
una vez en los últimos cinco años, y quienes hayan comprado moneda extranjera
en los últimos tres meses.
Del mismo modo, se propone excluir a quienes registren consumos en tarjeta de
crédito o billeteras virtuales superiores a cinco salarios mínimos ($ 900.000
desde marzo) y consumos en telefonía móvil superiores al 25% del salario
mínimo ($ 45.000). También se excluye a los titulares de aeronaves, propietarios
o miembros de directorios de empresas privadas; y a los dueños embarcaciones
de lujo o de dos o más inmuebles. Asimismo, se excluyen a los hogares que tengan un auto con antigüedad menor a cinco años o dos autos con antigüedad menor a 10 años.
En el universo de los hogares que no hayan sido excluidos por el primer filtro de
selección, el acceso al otorgamiento del subsidio se definirá al comparar los
ingresos declarados por los miembros de un mismo hogar. Para ello se valorarán
los registros administrativos integrados en el Sistema de Identificación Nacional
Tributario y Social (SINTyS).
Esta información se cruzará con el segundo criterio de selección, que es la
Canasta Básica Energética y que indicará los consumos mínimos necesarios
para la subsistencia de diferentes grupos familiares, en diversas regiones, meses
del año y tipos de suministro.
A quienes pasen todos los filtros, se les subsidiará el porcentaje del costo que
esté por encima del 10% de los ingresos totales familiares. Por ejemplo, si la
tarifa de energía representare para una familia el 17% de sus ingresos totales,
se le subsidiará el 7%.
El nuevo esquema no contiene ningún tipo de subsidio a las actividades
productivas, porque para las autoridades del gobierno nacional no sería
compatible subsidiar a la energía y tener precios liberados.

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